REQUISITOS DEL GRABADO DE PATENTE PARA CUMPLIR CON LA LEY Y SUPERAR LA REVISIÓN TÉCNICA.
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REQUISITOS DEL GRABADO DE PATENTE PARA CUMPLIR CON LA LEY Y SUPERAR LA REVISIÓN TÉCNICA.

La nueva Ley 21.601 en Chile establece la obligatoriedad del grabado permanente de la placa patente en vidrios y espejos laterales de vehículos motorizados.


Desde el pasado 11 de septiembre, una nueva ley ha entrado en vigor en Chile, marcando un hito en la regulación del tránsito vehicular en el país. La Ley 21.601, publicada en el Diario Oficial, establece la obligatoriedad del grabado permanente de la placa patente en los vidrios y espejos laterales de todos los vehículos motorizados.

Esta medida tiene como objetivo principal prevenir la venta de automóviles robados y desalentar prácticas relacionadas con el comercio ilegal de sus accesorios. El grabado de la placa patente debe ser realizado de forma permanente, desgastando la superficie del vidrio para evitar su borrado.

Según lo estipulado en la ley, el formato del grabado debe cumplir con ciertos requisitos: las letras y dígitos deben tener entre 7 y 10 milímetros de altura, ser en mayúscula y estilo normal, sin cursiva ni negrita. Además, deben estar orientados horizontalmente para facilitar su lectura desde el exterior del vehículo, de izquierda a derecha.


En cuanto a la ubicación, el grabado debe realizarse en el vértice inferior derecho de los vidrios laterales, parabrisas y luneta trasera, sin interferir con la lectura de otra información que pueda estar presente en esa zona. En el caso de los espejos laterales, el grabado debe ser paralelo al suelo y seguir el borde inferior o superior, sin afectar su función.


Es importante destacar que el cumplimiento de esta normativa será verificado durante las revisiones técnicas obligatorias, así como en fiscalizaciones realizadas por Carabineros, inspectores fiscales y municipales. El incumplimiento de esta disposición puede acarrear sanciones legales.


El capitán Rodrigo Herrera, del departamento SEBV de Carabineros, recordó que la entrada en vigencia de esta regulación se produce una vez que la Contraloría General de la República tome razón de ella, tras su publicación en el Diario oficial.

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