La Región de Antofagasta ya superan las 6 mil solicitues de retención al segundo retiró
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La Región de Antofagasta ya superan las 6 mil solicitues de retención al segundo retiró


Desde la promulgación de la ley que autorizó el segundo retiro del 10% de las AFP, los tribunales de familia de la región de Antofagasta han recibido 6 mil 90 solicitudes de retención por deudas de pensión de alimentos. En el primer retiro, sólo en Antofagasta se recibieron 6.809 solicitudes, de las cuales hay 5.765 liquidaciones de deuda realizada, 51% de ellas tienen orden de pago enviada a la AFP respectiva, según cifras entregadas por el Poder Judicial en la región.

El presidente de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, ministro Juan Opazo Lagos, explicó que “el Poder Judicial ha estado ocupado en resolver de la manera más oportuna y expedita las solicitudes de retención que han ingresado -tanto respecto del primer retiro como del segundo- dado que dice relación con un problema grave que afecta a los niños, niñas y adolescentes, debido a que sus progenitores no satisfacen sus derechos más básicos. Además, se ha generado una legítima expectativa en las partes demandantes de los juicios de alimentos de ver satisfechas las deudas por concepto de pensiones”.

En cuanto a las cifras de este segundo retiro, la magistrada y vocera del Juzgado de Familia de Antofagasta, Marjorie Valdebenito, explica que esperan un leve aumento, para lo cual “la Corte de Apelaciones de Antofagasta y la Corte Suprema han aumentado la cantidad de funcionarios encargados de hacer liquidaciones y revisión, así como de jueces, todos dedicados exclusivamente a tramitar este proceso”.

TRÁMITE

Según explica la magistrada Valdebenito, las peticiones de retención de 10% de ambos procesos se pueden realizar en la página web de trámite fácil, “sólo se debe contar con la clave única que entrega el Registro Civil y se despliegan todas las causas que tiene la persona que quiere pedirlo, cada paso del proceso es guiado de manera que no haya dificultades”.

Además se han habilitado los números telefónicos 24977048 - 224977041 - 224977042 - 224977043 - 224977044- 224977046 de lunes a viernes, de 8 a 17 horas, para consultas respecto a este tema, y el Juzgado de Familia de Antofagasta está atendiendo consultas en los números 552638600 y también en el correo electrónico jfantofagasta@pjud.cl.

DIFERENCIA

En el caso de ambos retiros, al hacerse la petición de retención el Tribunal confirma primero que exista una pensión de alimentos fijada y vigente y segundo, que se haga la petición en la causa correcta.

Si la petición cumple con estos requisitos, se ordena de inmediato la retención del 10% y la AFP queda informada por sistema al día siguiente.

“La diferencia entre ambos procesos viene dada por el pago, pues en el caso del primer retiro si el cotizante no pedía a la AFP que le entregara su 10%, la AFP no tenía fondos para retener. En la segunda ley se previó que muchas personas no pidieron a la AFP su 10% y se da la opción que la persona a quien le deben las pensiones pida directamente la devolución”, indica la jueza Marjorie Valdebenito.

Agregando que “para el primer proceso, una vez aprobada la liquidación de la deuda, se debe pedir “se autorice subrogación del primer 10%” (petición que se hace vía “trámite fácil”) en el segundo proceso, basta con que pida la retención vía trámite fácil pues al verificar que procede la retención, se ordena calcular si existe deuda de alimentos y una vez aprobado el cálculo se ordena el pago sin necesidad de que el afiliado haya pedido su retiro”, puntualizó.


Fuente soy Antofagasta

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