Entra en vigencia ley de funerales de alto riesgo
- Radio Antofagasta Online
- hace 2 días
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La nueva ley limita el plazo para llevar a cabo la sepultura en casos de funerales que presenten un riesgo para la seguridad y, al mismo tiempo, establecer criterios y condiciones para realizarlos.

Hoy entró en vigencia la ley que establece normas para la realización de funerales de riesgo y modifica otros cuerpos legales. ( https://www.gob.cl/noticias/funerales-narco-alto-riesgo-proyecto-ley-limites-estrictos-hechos-delictivos-actos-violencia/ )
Esta nueva ley permite presumir de manera fundada la realización de funerales que representan un riesgo para la seguridad y el orden público.
El propósito central que tiene esta ley es dar tranquilidad a las personas de que cuando ocurra una muerte violenta de estas características los funerales se realicen sin alterar la seguridad y el orden público y no se utilicen como un mecanismo de enaltecimiento del crimen o los delitos detrás de él”, Luis Cordero, ministro de Seguridad Pública.
La calificación de funeral de alto riesgo debe ser realizada por el delegado o delegada presidencial previo informe técnico de Carabineros.
¿Qué dice la nueva ley sobre los funerales de alto riesgo?
La nueva ley tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de eventos delictivos y actos de violencia e inseguridad social asociados a los funerales de riesgo.
En concreto, la ley sobre funerales de alto riesgo limita el plazo para llevar a cabo la sepultura en casos de funerales que presenten un riesgo para la seguridad y, al mismo tiempo, establecer criterios y condiciones para realizarlos.
La ley dispone que en un plazo máximo de 24 horas desde su notificación se debe realizar la totalidad del proceso funerario.
Lo anterior comprende la inscripción de defunción en el Registro Civil, la identificación y el traslado del fallecido desde el lugar del deceso o desde el Servicio Médico Legal hasta donde se realizará la sepultación o cremación.
Además, la inhumación deberá realizarse dentro de un cementerio o crematorio autorizado por el Código Sanitario.
En relación a los posibles delitos que se cometan en el marco de estos funerales, se establece que las penas aplicables excluirán el grado mínimo.
Lo anterior contempla los delitos cometidos dentro del cementerio o crematorio donde se realice una sepultación o cremación de la persona fallecida, así como aquellos que puedan ocurrir en las inmediaciones o durante el traslado del cortejo.
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