CORTE DE ANTOFAGASTA DECRETA PRISIÓN PREVENTIVA PARA LOS 7 IMPUTADOS POR EL ROBO DE COBRE A FCAB
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CORTE DE ANTOFAGASTA DECRETA PRISIÓN PREVENTIVA PARA LOS 7 IMPUTADOS POR EL ROBO DE COBRE A FCAB

Aunque en primera instancia no se había decretado prisión preventiva por falta de pruebas en su participación, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió hoy el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y dejó sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva.



La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió hoy jueves 20 de octubre el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y dejó sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva de Emanuel Enrique Ramos Maza, Martín Ariel Hyon, Rodrigo Jesús Recabarren Muñoz, Rigoberto Manuel Valderrama Carvajal, Iván Hernán Alday Esbry, Diego Sebastián Espinosa Espinoza y Mao Francisco Rodríguez Valverde, imputados como autores de los delitos de asociación ilícita y robo con intimidación. Ilícitos perpetrados hace dos semanas, en la comuna de Mejillones.


En fallo unánime (causa rol 1.184-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Jasna Pavlich Núñez y Jaime Rojas Mundaca– revocó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Mejillones, al estimar que, con los antecedentes vertidos en audiencia, se configura la participación de los imputados en los ilícitos formalizados.




“La consistencia de la investigación con las confesiones, permite establecer que concurren las presunciones fundadas de participación respecto de todos y cada uno de los imputados por el delito, debiendo remarcarse particularmente en el caso del imputado Alday la inconsistencia que fue remarcada en la audiencia, y que también contribuye a determinar que concurren las presunciones fundadas de participación que reclama la norma. Dicho lo anterior, se está frente a dos delitos graves, que dan cuenta de una estructura que permite presumir que existe una posibilidad de reiteración delictiva que configura el peligro social que invocaron las partes acusadoras para requerir la medida cautelar de prisión preventiva. Ese peligro de reiteración da cuenta de un peligro para la seguridad de la sociedad que solo puede ser protegido a través de la medida cautelar de prisión preventiva”, sostuvo el ministro Franulic Cetinic al comunicar la resolución.


Por tanto, “se revoca la resolución en alzada de 18 de octubre del año en curso que no hizo lugar a la prisión preventiva de los imputados Diego Espinoza Espinoza, Mao Rodríguez Valverde, Emanuel Ramos Maza, Martín Ariel Hyon, Rigoberto Valderrama Carvajal, Iván Alday Esbry y Rodrigo Recabarren Muñoz, y en su lugar se declara que se hace lugar a la medida cautelar de prisión preventiva de todos los imputados”, añadió.




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