top of page

Condenan a hospital de Calama y Servicio de Salud por muerte de paciente durante parto

  • Foto del escritor: Radio Antofagasta Online
    Radio Antofagasta Online
  • hace 5 horas
  • 2 min de lectura

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió una demanda por falta de servicio y ordenó pagar $380 millones por daño moral a los familiares de la víctima, quien falleció tras un evento anestésico ocurrido durante el trabajo de parto.

Por Mario Tapia Godoy


La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama y al Servicio de Salud Antofagasta a pagar, de manera conjunta, $380 millones por concepto de daño moral a familiares de una paciente que falleció en julio de 2020, luego de presentar complicaciones durante la atención de su parto.


En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal revocó la sentencia dictada en junio de 2025 por el Tercer Juzgado Civil de Calama, que había acogido la excepción de cosa juzgada y rechazado la demanda presentada por los familiares de la víctima.


La resolución estableció que la atención otorgada en el Hospital de Calama no se ajustó a los procedimientos establecidos por la ciencia médica. El tribunal tuvo especialmente en consideración un peritaje médico legal elaborado por un especialista en anestesiología, incorporado a una investigación de la Fiscalía de Calama.


De acuerdo con el fallo, el peritaje concluyó que, aunque durante la hospitalización pudieron haberse presentado otros factores, el origen del daño en una paciente previamente sana estuvo directamente relacionado con un evento anestésico ocurrido durante el trabajo de parto.


La Corte además recogió la conclusión del perito respecto de una falta a la lex artis por parte del equipo de anestesia de maternidad de turno, debido a la administración de una dosis de analgesia epidural que evolucionó a una espinal total y que fue administrada por personal TENS que, según el informe, no contaba con entrenamiento en anestesia y reanimación cardiopulmonar.


Indemnización


La sentencia ordenó pagar $200 millones al cónyuge de la víctima, $100 millones a su hijo y $40 millones a cada una de sus dos sobrinas, totalizando $380 millones.


Las sumas deberán incrementarse con intereses corrientes para operaciones no reajustables desde la fecha de notificación de la sentencia y hasta su pago efectivo.


Con esta decisión, la Corte rechazó la excepción de cosa juzgada planteada por el Hospital Carlos Cisternas y acogió la demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio presentada por los familiares.

Comentarios


LOGO FINAL 2 SIN FONDO.png

 | Galeria Transmisión Elecciones

LOGO FINAL 2 SIN FONDO.png

 | Nuestros principales clientes 

ATI
IG_00 (1)
Antofagasta Minerals
LOGO FINAL 2 SIN FONDO
DLO ABOGADOS
LOGO FINAL 2 SIN FONDO
bottom of page