Por: Jessica Ibacache.
63 VOTOS RATIFICAN COMO INADMISIBLE LA PETICIÓN DE FERIADO
Feriado, o no feriado… muchos estarían ya planeando viajes para aprovechar al máximo los días festivos de Fiestas Patrias.
Durante la jornada de ayer en la Cámara de Diputados se desarrolló el proceso de votación para el posible feriado del 17 de septiembre, los resultados fueron 63 votos a favor los que ratificaron como Inadmisible (Que no puede ser admitido). También se emitieron 53 votos en contra y otros 14 Parlamentarios se abstuvieron del proceso.
Efectivamente No es Feriado , pero éste año y según Ley 20.983, será Feriado No Irrenunciable.
Le explicamos porqué:
Promulgación de Ley : 27-DIC-2016
Publicación diario Oficial : 30-DIC-2016
Materias: Feriados, Feriado Permanente, Feriado Fiestas Patrias, Feriado Año Nuevo
Resumen: La presente ley declara el 17 de septiembre y el 02 de enero como feriados permanentes, siempre y cuando se cumplan las condiciones que en ella se señalan. Estas son:
a) si coincide que el día 18 y 19 de septiembre del respectivo año sea sábado y domingo. b) si coincide que el día 01 de enero del respectivo año sea domingo.
Y dice:
LEY NÚM. 20.983
DECLARA FERIADOS EL 17 DE SEPTIEMBRE Y EL 2 DE ENERO EN CASOS QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción de los diputados señores Ricardo Rincón González, Germán Becker Alvear, Pedro Browne Urrejola, Cristián Campos Jara, René Manuel García García, Sergio Ojeda Uribe, Marcelo Schilling Rodríguez y Felipe Ward Edwards, y de los exdiputados señores Gabriel Ascencio Mansilla y Eduardo Cerda García,
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Declárase feriado el día viernes 17 de septiembre, cada vez que el 18 y el 19 de septiembre de aquel año coincidan con sábado y domingo, respectivamente. Del mismo modo, al recaer el 1 de enero en día domingo, el lunes 2 siguiente será feriado.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Esto quiere decir que algunos sectores efectivamente podrán tener como día libre el viernes 17 de septiembre del presente año. Mientras que sectores Comerciales deberán trabajar pero el día laboral deberá ser pagado como doble , según Contrato Laboral.
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