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1 de enero: feriado irrenunciable para el comercio y multas de hasta 20 UTM

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    Radio Antofagasta Online
  • hace 12 horas
  • 2 Min. de lectura

La mayoría del comercio deberá cerrar este primer día del año. Revisa qué locales pueden abrir, las multas por incumplir la ley y cómo denunciar.

Por Mario Tapia Godoy


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Este 1 de enero es feriado, lo que permitirá que trabajadores y trabajadoras puedan tener un merecido descanso, luego de las celebraciones de Año Nuevo.


¿Pero este día es un feriado irrenunciable? ¿Abrirá el comercio normalmente? Conoce a continuación todos los detalles de este día y lo que señala la normativa laboral.


¿Es feriado irrenunciable el 1 de enero?


Sí, este 1 de enero es feriado irrenunciable para las y los trabajadores del comercio, lo que implica que ningún trabajador ni trabajadora de este rubro debe cumplir turnos laborales, salvo casos puntuales.


Son considerados como trabajadores del comercio todos aquellos que laboran en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas funciones se relacionen con el expendio o venta directa al público de las mercaderías o productos que en ellos se ofrecen


¿Qué tipo de comercio puede funcionar el 1 de enero?


Están exceptuados del feriado irrenunciable quienes laboran en restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, clubes, aeropuertos, casinos, expendio de combustibles, farmacias de urgencia y aquellas con turnos sanitarios, además de dependientes de tiendas de conveniencia en servicentros que preparen alimentos.


¿Cuáles son las multas por no respetar el feriado irrenunciable?


El incumplimiento del feriado irrenunciable puede generar multas que van desde 5 UTM ($347.710) hasta 20 UTM ($1.390.480) por cada trabajador afectado, según el tamaño de la empresa:


  • Micro y pequeña empresa: 5 UTM por trabajador.

  • Mediana empresa: 10 UTM por trabajador.

  • Gran empresa: 20 UTM por trabajador.


¿Dónde puedo denunciar posibles vulneraciones a esta normativa laboral?


La Dirección del Trabajo fiscalizará el cumplimiento este 1 de enero Las denuncias se pueden realizar en www.dt.gob.cl o al 600 450 4000 los días 25 de diciembre y 1 de enero, entre las 09:00 y 15:00 horas.

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