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UNA QUERELLA POR PENA MÁXIMA FUE INGRESADA HOY EN TRIBUNALES POR AGRUPACIÓN ANIMALISTA

La rescatista Luz Echanez y Agrupación Animalista presentaron junto a su abogado que las patrocina una querella en contra del autor de la muerte del perrito Facundo.


Antofagasta, 20 de Marzo de 2023.



Durante la mañana de hoy una marcha hacia Tribunales efectuaron un grupo de animalistas junto a la Rescatista Animal Luz Echanez.


El propósito de esta marcha fue ingresar una querella con su Abogado que las patrocina Marcelo Encina en Tribunales para exigir la pena máxima por el delito bajo la Ley 21020 que en este caso serían 3 años y un día hasta 5 años sin derecho a fianza para el autor que dio muerte a su perro que llevaba por nombre Facundo.


Los hechos se produjeron durante la semana recién pasada en el sector centro alto de la ciudad de Antofagasta, un llamado de alerta a Carabineros desplegó de forma rápida la detención del autor del maltrato a un perro que finalmente le dio muerte con ensañamiento.


A vista de muchos testigos el sujeto ingresó a un negocio en donde su perro Facundo lo habría seguido, desde ese momento y sin motivo alguno las cámaras de seguridad del almacén muestran que el sujeto comienza a apuñalar a su perro en reiteradas ocasiones luego de arrastrarlo con su bicicleta y finalmente procede a degollarlo.


El sangriento e impactante hecho fue presenciado por vecinos y niños del sector, el rápido actuar de Carabineros permitió detener al sujeto quedando formalizado.


Por parte de Fiscalía informaron "A petición del fiscal de turno, el individuo, de nacionalidad chilena y con antecedentes penales, quedó en prisión preventiva por peligro de fuga. Ahora, como la prisión preventiva por peligro de fuga permite recuperar la libertar previo pago de una fianza fijada por el tribunal (en este caso $300.000), de manera subsidiaria se establecieron las cautelares de arraigo nacional y prohibición de acercarse al lugar donde se produjeron los hechos. El plazo de investigación se fijó en 50 días."


Es a consecuencia de esta determinación del Fiscal a cargo es que Luz Echanez y el Abogado Marcelo Encina interponen una querella para el autor del delito a la peña máxima.


Recordemos que la ley 21020 (Ley cholito) habla sobre la tenencia responsable de mascotas que establece una serie de obligaciones que una persona contrae cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía.



A partir del nuevo marco jurídico:


La persona que tenga una mascota, deberá:

  • Registrarla e implantarle un dispositivo electrónico (microchip).

  • Responsabilizarse de su alimentación y manejo sanitario.

  • Responder civilmente de los daños que causen.


  • La autoridad sanitaria y las municipalidades deberán fiscalizar el cumplimiento de la ley y su reglamento (decreto Nº 1007/2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública).


  • Las organizaciones sociales de cuidado y protección animal tendrán que promover la educación en la ciudadanía. Para ello, se desarrollarán fondos concursables.

Según lo establecido en el Código Penal (artículo 291 bis), se distinguen tres figuras de maltrato animal:


  • Si el maltrato causa menoscabos graves a la integridad física o genera la muerte del animal, se sancionará con una pena de presidio de 541 días a 3 años, una multa de 20 a 30 UTM y la inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal.

  • Si el maltrato causa daño físico que no menoscabe gravemente su integridad física ni genera la muerte del animal, presidio de 61 días a 3 años, multa de 10 a 30 UTM y la inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal.

  • Cualquier otro maltrato que no cause daños físicos al animal, presidio de 61 días a 3 años y/o multa de 2 a 30 UTM.

Importante:

  • Por primera vez en nuestro país, existe una pena accesoria que inhabilita la tenencia de animales. En caso de incumplimiento de ella, se comete delito de quebrantamiento de condena, abriéndose una nueva causa penal.


  • El envenenamiento de animales es un delito autónomo (artículo 291), con penas incluso mayores a las de maltrato, pues parte en presidio de 3 años y un día hasta 5 años. Además, es un delito que no requiere afectar a ningún humano ni animal para que se configure.



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