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EXTRANJERO FUE CONDENADO A 13 AÑOS DE PRESIDIO POR TENENCIA DE DROGA Y UN FUSIL SEMIAUTOMÁTICO

Una investigación de la Fiscalía de Calama junto a Carabineros permitió llevar a juicio y obtener una condena total de 13 años y 1 día de presidio, contra el ciudadano boliviano Luis Alberto Ramos Véliz.


Miércoles 18 de Octubre de 2023.


Una investigación de la Fiscalía de Calama junto a Carabineros permitió llevar a juicio y obtener una condena total de 13 años y 1 día de presidio, contra el ciudadano boliviano Luis Alberto Ramos Véliz, por los delitos de tráfico de drogas, receptación de vehículo motorizado, tenencia de arma de fuego y munición, y tenencia de arma de fuego prohibida.

Según acusación presentada por el fiscal (s) Claudio Rojas Piro, el 13 de octubre de 2022, personal del Retén Ascotán siguió la señal GPS de una camioneta previamente robada hasta el sector Sierra Rabona, en la Ruta B-141, encontrando en el lugar al imputado, quien, al notar la presencia policial, intentó darse a la fuga a pie, sin lograr su objetivo.

Durante la revisión de la camioneta se descubrió en su interior un fúsil semiautomático, marca Luvo, con 2 cargadores y un dispositivo de puntería del tipo mira telescópica, además de una pistola marca Bersa, con 4 cartuchos en su interior y 37 municiones calibre 9 mm.

Asimismo, al costado izquierdo del vehículo, el imputado mantenía un saco con 30 paquetes de pasta base de cocaína, que arrojaron un peso bruto de 30 kilos 950 gramos, y un saco matutero con 25 bolsas contenedoras de marihuana a granel, con un peso bruto de 23 kilos 900 gramos.

Tras la presentación de la prueba por parte del Ministerio Público, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama condenó a Luis Alberto Ramos Véliz a 4 años de presido como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas; a 3 años y 1 día como autor del delito de receptación de vehículo motorizado; y a la pena de 6 años de presido como autor de los delitos de tenencia de arma de fuego y munición, y tenencia de arma de fuego prohibida, más accesorias y multas.

El fallo indica que, no reuniendo los requisitos contenidos en la Ley 18.216, una vez confirmada la sentencia, el imputado deberá cumplir las penas de manera efectiva, sirviéndole de abono el tiempo que han permanecido privado de libertad por esta causa.

El fiscal (s) Claudio Rojas Piro destacó que con este procedimiento se logró sacar de circulación no sólo más de 50 kilos de sustancia ilícita, sino que armamento de grueso calibre y municiones, evitando así su posterior utilización en otros hechos delictuales que pudieren afectar a la ciudadanía.

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